Migration und Flucht

Ein Blog des Lateinamerika-Intituts der Freien Universität Berlin

Una nueva política migratoria para Chile

¿Es una política pública necesaria o una estrategia comunicacional? 

“Nadie migra para no ser feliz” es la campaña que el Servicio Jesuita a Migrantes de Chile lanza, al mismo tiempo que el Estado aprueba una nueva ley de migraciones que trae consigo no solo criticas, sino también una abierta violación a los derechos humanos de las personas migrantes. Al parecer el racismo ha tomado tintes institucionales, sobretodo cuando vemos políticas de expulsión masivas, sobreprecio en el pago de vuelos de repatriación y las fronteras del país permanecen por meses cerradas, minando la posibilidad de solicitar visados en los países de orígenes de las personas que desean migrar a Chile. 

Se estima que en Chile viven alrededor de un millón y medio de personas migrantes, lo cual representaría alrededor de un 8% del total de la población del país. Según los datos del Servicio Jesuita para Migrantes (SJM), el 30,5% corresponderían a venezolanas, el 15,8% a peruanas, 12,5% haitianas, y 10,8% de colombianas. Estos números se vieron incrementados desde el 2015, fecha en la cual solo existía un tercio del total que se registra en 2021. Esto principalmente debido a las crisis políticas y humanitarias experimentadas en algunos países de la región, como el caso de Venezuela y Haití durante los últimos años, sumado a los interesantes datos macroeconómicos que experimentaba Chile. 

Chile contaba hasta abril de 2021 con una política migratoria vigente desde la dictadura cívico- militar (1973 – 1990), época en la que regía una lógica de seguridad nacional y de fronteras cerradas para mantener un control más estricto de lo que ocurría al interior del país. Desde ese entonces, si bien la legislación había sido modificada parcialmente, no había tenido una reestructuración profunda. Finalmente, una nueva ley fue promulgada el 20 de abril de 2021, sin embargo, parece no buscar mejorar las condiciones de ingreso e integración para las personas migrantes, sino más bien pone más trabas al proceso migratorio. En este sentido, las personas migrantes deberán solicitar visas de trabajo en sus países de orígenes, lo cual no es posible por las crisis humanitarias que enfrentan, dejándolos a la deriva de grupos organizados que tienen como fin el tráfico de personas. Por otro lado, los consulados chilenos en el exterior no se encuentran procesando nuevos visados mientras las fronteras del país se encuentren cerradas y se espera que el 31 de agosto se normalice la situación que se extiende desde el 1 de abril del 2021 a raíz de la pandemia del COVID – 19.  

El proyecto de ley fue presentado en 2013, durante el primer Gobierno de Sebastián Piñera (2010- 2014) y tiene tres objetivos claves, a saber: 

  • Tener una ley “moderna” que busque a una migración segura, ordenada y regular,
  • Robustecer la institucionalidad, creando el Servicio Nacional de Migraciones, que vele por la inclusión e integración de las personas migrantes.
  • Una ley que transparente las condiciones que Chile les pone a las personas migrantes que quieran ingresar al país. 

Por otro lado, el acto de promulgación de la ley fue bastante polémico. Se realizó en la frontera norte del país, la cual se caracteriza por tener vastas zonas sin controles fronterizos y por donde muchas migrantes arriesgan su vida, cruzando el desierto de Atacama a pie. En ese contexto el presidente se encontraba acompañado no solo del ministro del Interior y de Seguridad Pública, sino también del subsecretario del Interior y de los jefes de las policías (Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones) y con emblemas patrios que daban más la impresión de que fuera una celebración de la independencia de Chile que de un evento de promulgación de una ley de migraciones. 

Si bien la ley establece en sus primeros artículos, 

Artículo 3.- Promoción, respeto y garantía de derechos. El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria, incluidos los afectos a la ley No 20.430.

[…]

Asimismo, el Estado promoverá, respetará y garantizará los derechos que le asisten a los extranjeros en Chile, y también los deberes y obligaciones establecidos en la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. “

Artículo 9.- No criminalización. La migración irregular no es constitutiva de delito.”

Para fundamentar la adopción de la nueva legislación, el Gobierno ha planteado constantemente que en el país existe un importante número de personas en situación irregular. Sin embargo, según datos entregados por el SJM, la realidad no sería tal. Sólo el 1% de los y las migrantes se encontrarían en situación de irregularidad y/o habrían entrado al país por pasos no habilitados. Para combatir esta situación, el Gobierno ha generado un plan de expulsión sistemático. Para ello, han argumentado que todas las migrantes expulsadas han tenido órdenes judiciales pendientes, condenas en Chile o en sus países de orígenes, o habrían entrado al país por pasos no autorizados y se encontrarían sin la documentación vigente. 

Sin embargo, esta información es rebatida por los datos aportados por las ONG´s de apoyo a migrantes. Al parecer han ganado los prejuicios más que los derechos de las personas migrantes, atentando no solo en contra de los DDHH de las personas expulsadas, sino también en contra el Derecho Internacional y de los tratados suscritos por Chile en estas materias. En particular el artículo Nº13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como la Convención Internacional para la Protección de los Derechos Humanos de Todos los Trabajadores Migratorios y los Miembros de sus Familias (CTMF), y los Protocolos facultativos específicos que buscan prevenir el tráfico de personas. 

Estas deportaciones administrativas realizadas por el Estado se realizarían sin garantizar los derechos de las personas migrantes que envían a sus países de origen. En ese sentido, estas expulsiones se realizan sin un debido proceso, normalmente los fines de semana, manteniendo a las personas en situación de aislamiento, sin contacto con abogados o representantes legales y con la imposibilidad de presentar recursos de amparos tendientes a solucionar la situación o aclarar la expulsión. Los recursos de amparos no son tramitados los fines de semana, debido a que las Cortes de Apelaciones del país se encuentran cerradas los sábados y domingos. 

Por otro lado, la puesta en escena de dichas deportaciones ha generado gran controversia en los medios de comunicación. Por lo general, no solo se realizan los fines de semana, sino también visten a las personas expulsadas con overoles blancos y son escoltadas por personal de la policía hasta los aviones que los regresan a sus países de origen. 

Entendiendo que las migrantas que toman la decisión de migrar lo hacen principalmente por razones de fuerza mayor, por que sus vidas corren peligro o para sobrellevar importantes crisis económicas. Se ven forzados a pagar sumas importantes de dinero a bandas de traficantes de personas para poder llegar a Chile, atravesando a pie una serie de países de la región, cruzando el desierto de Atacama y la Cordillera de los Andes. 

Por otro lado, el gobierno ha firmado un acuerdo con una empresa de aviación con el fin de realizar los viajes de expulsión. El Estado pagaría un total de 1.500 millones de pesos (1,7 millones de euros) por un total de 15 vuelos que deben ser ejecutados en 15 meses. La cifra no sólo es excesiva, sino también en medio de una pandemia que ha afectado fuertemente a las personas que habitan el territorio nacional, esos recursos podrían ser utilizados para paliar en alguna medida la crisis. 

Por ello organizaciones de la sociedad civil, entre ellos HRW solicita poner fin a las deportaciones sumarias del Estado de Chile porque no se ajustan al debido proceso y ponen en riesgo la integridad física de las personas migrantes que son expulsadas del país. 

Bibliografía:

BBC Mundo (27.05.2021) ¿El fin del „sueño chileno“?: los migrantes que luchan por permanecer en un país que les cierra las puertas”. Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-56999711

Biblioteca del Congreso Nacional (2021) ”Ley 21325: Ley de migración y extranjería” Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1158549  

El Mercurio (28.07.2021) “Human Rights Watch insta a Chile a poner fin a la deportación de venezolanos” disponible en:  https://www.emol.com/noticias/Internacional/2021/07/28/1027992/hrw-deportacion-venezolanos-chile.html

Interferencia (26.07.2021) “La historia de dos niñas de Sierra Leona amenazadas de mutilación genital y que el Ministerio de Interior intentó expulsar de Chile” disponible en: https://interferencia.cl/articulos/la-historia-de-dos-ninas-de-sierra-leona-amenazadas-de-mutilacion-genital-y-que-el

Servicio Jesuita a Migrante (2021) “$1.500 millones, 15 vuelos y 180 pasajeros: El contrato del Ministerio del Interior con Sky Airlines para expulsar a extranjeros” Disponible en: https://sjmchile.org/2021/06/23/1-500-millones-15-vuelos-y-180-pasajeros-el-contrato-del-ministerio-del-interior-con-sky-airlines-para-expulsar-a-extranjeros/

Servicio Jesuita a Migrante (2021) “Migración en Chile: Una plataforma del Servicio Jesuita a Migrantes” disponible en: https://www.migracionenchile.cl/poblacion/

Der Beitrag wurde am Sonntag, den 1. August 2021 um 13:16 Uhr von Maria Florencia Gonzalez Neira veröffentlicht und wurde unter 2021 abgelegt. Sie können die Kommentare zu diesem Eintrag durch den RSS 2.0 Feed verfolgen. Sie können einen Kommentar schreiben, oder einen Trackback auf Ihrer Seite einrichten.

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